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En el año 2009, el Banco Popular emitió unos bonos convertibles en acciones del propio Banco, con el objetivo de obtener un mínimo de liquidez para poder ejercer su actividad bancaria en plena crisis financiera, liquidez que se había visto mermada al acumular dentro de su balance activos que no podía vender (en muchos casos porque si los vendía debería hacerlo por debajo de su valor y reconocer pérdidas), como en el caso de los activos inmobiliarios.

Para hacer atractiva esta emisión, prometió una remuneración de un 7% pero no informó debidamente a sus clientes de los elevados riesgos de la operación. Estos riesgos no informados por el Banco Popular se materializarán el 25 de noviembre de 2015, fecha en que los bonos del Banco se canjearán necesariamente por acciones del propio Banco, lo que obligará a los clientes a soportar importantes pérdidas sobre el dinero invertido.

La acción está cotizando actualmente a poco más de 4 €, mientras que el precio de conversión se sitúa en 17,75 €. Esto implica que el inversor va a recibir unas acciones que deberá pagar casi un 74% más caras o, lo que es lo mismo, obtendrá unas minusvalías equivalentes a ese porcentaje.

El recorrido sui generis de estos bonos se inició en el 2009, cuando el Banco Popular lanzó el producto de Bonos Subordinados necesariamente canjeables por acciones del Banco Popular -700 millones de euros-, y ante el desastre de la caída de la cotización de sus acciones, se vio presionado a posponer en el año 2012 un canje que afectó solo a los titulares de bonos emitidos en 2009, que vencían en octubre de 2013. Con ese cambio los titulares recibieron bonos convertibles por el mismo precio que los originales pero con vencimiento en noviembre de 2015, con el fin de intentar limitar las reclamaciones por las pérdidas patrimoniales de los ahorradores que compraron los bonos en su día.

Como se ha comprobado estos bonos del Banco Popular, necesariamente convertibles en acciones del propio Banco, constituyen un producto financiero de inversión complejo y arriesgado que, con el cebo de una buena rentabilidad inicial, comporta riesgos inherentes a la propia aleatoriedad de las fluctuaciones del mercado bursátil. Su principal característica es que al inicio otorgan un interés fijo, mientras dura el bono, pero después, cuando el inversor se convierte en accionista del Banco Popular, la aportación adquiere las características de una inversión de renta variable, con el consiguiente riesgo de pérdida del capital invertido, como ha sido el caso.

A pesar de todo lo expuesto, el Banco Popular vendió este producto de modo indiscriminado a todos los clientes que pudo, sin realizar un estudio pormenorizado de su perfil como inversores y sin informarles debidamente del producto, así como de los riesgos que tenía, por lo que tales contratos de venta están claramente afectados por un vicio de nulidad en el consentimiento prestado por su suscripción, y así lo han declarado numerosas sentencias de nuestros Tribunales, que han abierto la vía a los pequeños ahorradores para la recuperación del capital invertido en estos productos.