Despacho socio de:

Socios Hispajuris

Los Programas de Prevención de Delitos en empresas son esenciales para la tranquilidad de sus responsables. Te damos las pautas para una correcta implantación.

Una sociedad puede ser declarada penalmente responsable por delitos cometidos por sus administradores, representantes y trabajadores si no tiene desarrollado e implantado eficazmente un programa de prevención de delitos en empresas.

Importantes sanciones:

La responsabilidad penal de la empresa se basa en la ausencia de medidas de control adecuadas para evitar el delito. Esta situación puede acarrear importantes sanciones, en función de la gravedad del mismo:

  • Multas
  • Inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas del sector público y gozar de beneficios fiscales o de la Seguridad Social.
  • Prohibición de realizar en el futuro las actividades en cuyo ejercicio se haya cometido el delito.
  • Suspensión de actividades.
  • Clausura de locales y establecimientos.
  • Disolución de la empresa.

Estas sanciones afectan a todo tipo de sociedades cualquiera que sea su tamaño o actividad. Incluyen, además de empresas, a cooperativas, fundaciones, asociaciones, etc…

Resulta obligatorio para cualquier compañía implantar un Programa de Prevención de Delitos en empresas que ayude a prevenirlos y detectarlos.

Pautas a seguir para un modelo eficaz:

  • Compromiso: Es imprescindible que el propio empresario crea en la conveniencia de implantar este programa e implicarse en su cumplimiento.
  • Eficacia: El modelo debe ser ante todo eficaz: redactado por escrito, claro, preciso y personalizado a cada empresa. No es suficiente con disponer de un mero programa para prevenir los delitos en empresas, sino que debe ser adecuado a la prevención de los riesgos penales de cada organización.
  • Sencillez: Se recomienda un modelo sencillo, sin demasiada retórica, que regule los aspectos básicos de la prevención de delitos: medidas de control, Código Ético de buena conducta, controles y cláusulas, posibilidad de denunciar su cumplimiento, etc…
  • Económico: El modelo no debe ser una carga excesiva para la empresa, sino que tiene que ser perfectamente asumible para esta.
  • Compartido: El modelo parte de la decisión y el compromiso de la dirección pero debe extenderse y ser conocido por todo el personal de la empresa.
  • Revisable: El modelo debe ser actualizado y revisado, precisamente para que sea eficaz de cara a posibles delitos en empresas. Es conveniente que, al menos una vez al año, se actualice en base a los posibles cambios normativos que existan, experiencias anteriores, denuncias, sugerencias y aportaciones del personal, etc…