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Como en cada año, al llegar el mes de diciembre, tienes la última oportunidad de planificar tu declaración de la Renta (IRPF), y disminuir sensiblemente tu factura fiscal con el Ministerio de Hacienda.

Vamos a analizar algunas recomendaciones que debes tener en cuenta este año 2020, para planificar tu próxima declaración de la Renta, que se presentará en el 2021:

Venta vivienda habitual

Si has vendido tu vivienda habitual durante el año 2020, si reinviertes el importe obtenido de la venta en otra vivienda habitual, está exenta la ganancia patrimonial, siempre que reinvierta en el plazo de dos años.

 

Opciones para los mayores de 65 años:

  • Si eres mayor de 65 años y has vendido tu vivienda habitual, las ganancias obtenidas están exentas de tributación.
  • Si eres mayor de 65 años puedes aplicar la exención por reinvertir tus ganancias patrimoniales derivadas de elementos patrimoniales en rentas vitalicias con los límites y plazos establecidos en la normativa.

 

Subvenciones y ayudas

Si has recibido subvenciones y ayudas tributan en tu declaración de la renta. Por lo tanto, tienes que tener en cuenta si has recibido prestaciones a autónomos por el Covid-19, el ingreso mínimo vital, el Plan Renove para adquisición de vehículos, las subvenciones del Plan Estatal de Vivienda o las ayudas del fondo Covid-19 etc.

 

Aportaciones a planes de pensiones

Si quiere reducir su factura fiscal, puede aportar a un plan de pensiones hasta un máximo de 8.000,00€, teniendo en cuenta que la reducción máxima será el 30% de sus rendimientos de trabajo y de su actividad profesional del ejercicio.

 

Deducciones por donativos

Tienes que tener en cuenta que este año se ha ampliado el beneficio fiscal de los donativos. Se ha incrementado la deducción de los primeros 180,00€ donados al 80%, el resto del donativo da derecho a reducir el 35% de su importe salvo que realice donativos habitualmente a la misma entidad, en cuyo caso será del 40%.

 

Adquisición vivienda habitual antes del 2013

Si ha adquirido su vivienda habitual antes del 1 de enero del 2.013 mediante hipoteca, puede seguir aplicándose la deducción por vivienda habitual, esta deducción tiene una base máxima de 9.040 por declaración, así que, si puede amortice el pago de su hipoteca hasta dicho importe para maximizar la deducción.

 

Inversión en empresas de nueva o reciente creación

Si ha invertido en empresas de nueva o reciente creación que realicen actividades económicas que cumplan las condiciones de la Ley 14/2013, se podrá aplicar la deducción del 30% con un límite máximo de 60.000,00€

 

Obras de mejora de eficiencia energética

Si tu domicilio fiscal es en la Comunidad autónoma de Galicia, existe una deducción de la cuota autonómica por las obras de mejora de eficiencia energética en edificios de viviendas o viviendas unifamiliares, pudiéndose deducir el 15% de las cantidades invertidas, siendo el importe máximo de la base de la deducción 9.000,00€ por sujeto pasivo.

 

Adquisición de acciones o participaciones sociales

Si tu domicilio fiscal es en la Comunidad autónoma de Galicia, tienes una deducción de la cuota autonómica del 40% de la inversión que cumplan determinadas condiciones si has invertido en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades de reciente creación y en su financiación.