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Problem and solution wayLa empresa está mal y queremos salvarla, se plantean dos posibilidades: refinanciación o concurso. La cuestión es delicada, te ayudamos a tomar la mejor decisión.

Actuar a tiempo para evitar problemas.

Lo más importante ante una situación crítica es saber actuar a tiempo tanto para asegurar la supervivencia de la empresa como para, si finalmente la supervivencia no es posible y hay que cerrar, evitar responsabilidades personales de sus administradores.

En ese momento, contamos con dos alternativas: acudir a un concurso de acreedores para continuación de la actividad o la renegociación de la deuda con acreedores y firma de posibles acuerdos de refinanciación.

Ventajas del concurso de acreedores.

Evidentemente, cada caso debe ser estudiado y analizado para valorar qué decisión es la más apropiada. No obstante, de forma genérica, diremos que los puntos fuertes de la opción del concurso de acreedores son los siguientes:

  • No paraliza la actividad de la empresa, los contratos siguen vigentes, pero se debe contar con la autorización del Administrador Concursal.
  • Desde la declaración del concurso no se devengan intereses.
  • La declaración del concurso paraliza, con carácter general, las ejecuciones judiciales contra la empresa
  • Permite lograr un acuerdo o convenio con los trabajadores, aplazando el pago de la duda incluso con quitas de hasta un 50% (rebaja de la deuda).

Sin embargo, los puntos débiles a valorar en función de cada caso, son la lentitud y larga duración del procedimiento y el deterioro de la imagen de la empresa que puede ocasionar pérdida de confianza tanto de clientes como de proveedores.

 

Ventajas de la renegociación y refinanciación de la deuda.

  • Menor deterioro de la imagen ya que no tiene la misma publicidad que el concurso.
  • Tampoco impide la continuación de la actividad, los administradores conservan al 100% sus facultades.
  • Se abre la vía a obtener nuestros recursos que mejorarían de forma temporal la tesorería.
  • Se pueden conseguir refinanciaciones por parte de los bancos con plazos de carencia.

Pero esta opción, tiene dos pegas importantes: a diferencia del concurso no paraliza las ejecuciones judiciales de los acreedores y, sobre todo, la refinanciación con bancos obligará a garantáis adicionales y personales de los socios.

Consulte sin compromiso su caso, le daremos un planteamiento adaptado a las necesidades concretas de su empresa