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Running out of time

 

Si fuiste de aquellos empresarios que entre los años 2005 y 2008 contrataste, casi sin saberlo, un clip o swap bancario debes saber que todavía puedes pedir la nulidad del contrato y la devolución del dinero que perdiste.

 

Sentencias que hacen justicia.

Las sentencias que declaran nulos los clips y condenan a los bancos a devolver al dinero a las empresas no cesan.  Nos hemos encontrado recientemente con una sentencia muy interesante que resolvía una demanda presentada frente a Bankinter por un clip bancario del año 2005.

Sí, estás leyendo bien, del año 2005.  La sentencia declara la nulidad del contrato y condena a la entidad bancaria a devolver todo el dinero que le costó al cliente la operación, en total, más de 50.000 euros.

 

 

 

Podemos reclamar si no han transcurrido cuatro años desde la última liquidación.

La acción para reclamar la nulidad de este tipo de productos, que resultaron ser tan negativos para las empresas, caduca a los 4 años desde que el contrato finalizó.
Por tanto, para saber si su empresa todavía puede reclamar debes comprobar la fecha de la última liquidación y si no han transcurrido 4 años todavía estás a tiempo de poder reclamar.

 

Los Tribunales castigan mayoritariamente a los bancos.

Podemos afirmar que la gran mayoría de los jueces de este país están declarando nulos este tipo de productos, catalogados de alto riesgo y en consecuencia condenando a los bancos.

Así que, si eres de aquellos que en su momento no se atrevió a plantear la demanda judicial por tratarse de un tema novedoso en el que no había muchos antecedentes de cómo podían ser resueltos por parte de los tribunales, ahora es tu momento, no dudes en consultarnos.